ANEXO 12 DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2016.

MERCANCÍAS DE LAS FRACCIONES DE LA TIGIE QUE PROCEDE SU EXPORTACIÓN TEMPORAL.

Fracción

Texto

1701.12.01

Azúcar cuyo contenido   en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior   a 99.4 pero inferior a 99.5 grados.

1701.12.02

Azúcar cuyo contenido   en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior   a 96 pero inferior a 99.4 grados.

1701.12.03

Azúcar cuyo contenido   en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización inferior a 96   grados.

1701.13.01

Azúcar de caña   mencionado en la Nota 2 de subpartida de este Capítulo.

1701.14.01

Azúcar cuyo contenido   en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior   a 99.4 pero inferior a 99.5 grados.

1701.14.02

Azúcar cuyo contenido   en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior   a 96 pero inferior a 99.4 grados.

1701.14.03

Azúcar cuyo contenido   en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización inferior a 96   grados.

1701.99.01

Azúcar cuyo contenido   en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior   a 99.5 pero inferior a 99.7 grados.

1701.99.02

Azúcar cuyo contenido   en peso de sacarosa, en estado seco, tenga una polarización igual o superior   a 99.7 pero inferior a 99.9 grados.

1701.99.99

Las demás.

1806.10.01

Con un contenido de   azúcar igual o superior al 90%, en peso.

2106.90.05

Jarabes aromatizados   o con adición de colorantes.

Atentamente,

México, D.F., a 15 de enero de 2016.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Aristóteles Núñez Sánchez.- Rúbrica.

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